sábado, 10 de noviembre de 2012

1921 ETERNO CONTENCIOSO



Una vez más, como en tantas otras ocasiones, nuestro pueblo se sentía humillado y reaccionaba contra las imposiciones que le oprimían.
El día 1 de noviembre de 1921, en el diario Euzkadi se recogía el sentir del alcalde y concejales de Bermeo, que en representación de sus administrados, protestaban por la interpretación y la aplicación del régimen del Concierto Administrativo Vasco, de este modo,

El Ayuntamiento de Bermeo
Por unanimidad, en sesión celebrada ayer, el Ayuntamiento de Bermeo aprobó la siguiente moción:
Los que suscriben, alcalde y concejales, hondamente contristados con las inquietantes y graves noticias que como válidas circulan insistentemente estos días, y que la prensa diaria del país recoge con enérgicas y merecidas protestas, acerca de las amenazas que contra el régimen del Concierto Administrativo Vasco se le atribuyen a uno de los señores ministros de la Corona española; y considerando que el Concierto en vigor entre el Estado y Bizkaya, Gipuzkoa y Alaba, es como su mismo nombre y el carácter bilateral del contrato lo indican, invulnerable por una sola parte concertante; y considerando también, de una manera especialísima, que el meritado régimen debe conceptuarse como el postrer y mísero residuo que se nos respeta del glorioso sistema de gobierno popular abolido a las tres provincias de anterior indicación, por la inicua y maldita ley de 25 de octubre de 1839, abolitoria a su vez de la palabra empeñada por el general don Baldomero Espartero ante dos ejércitos beligerantes, el absolutista y el liberal, en el solemne abrazo de los campos de Bergara, se honran en someter a la aprobación de V.S. el siguiente

PROYECTO DE ACUERDO

1º    Que este ilustre Ayuntamiento, interpretando el unánime y noble sentir de sus administrados en orden a la manutención del sistema contributivo de Bizkaya, Gipuzkoa y Alaba, a las cargas generales del Estado, haga suyo el acuerdo aprobado ayer por unanimidad, por el de Deusto, sobre interesar la suspensión del cobro de la tributación de utilidades a las Sociedades de carácter económico del País Vasco, y a la celebración de una asamblea de Municipios bizkainos al fin que en el mismo se define.

2º    Que se haga constar en acta la más solemne y vigorosa protesta, principalmente por la promulgación de la ley del 25 de octubre de 1839 y, secundariamente, por la manera tan torcida de interpretarla y aplicarla, en esta y anteriores ocasiones, por los altos poderes del Estado español, y tramitarla por la Alcaldía Presidencia al excelentísimo señor presidente del Consejo de ministros, mediante la correspondiente exposición.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Bermeo y Sala de sesiones de V.S. a 29 de octubre de 1921.

Firmado: Ricardo de Urrutia, Blas de Asteinza, Juan de Jaureguizar, Ruperto de Goitia, Juan Bautista Maturana, José María de Bilbao, Manuel Fradua, Juan de Bustinza, Victoriano Beitia y Pedro Madariaga.
¡Qué difícil resulta para algunos pueblos conseguir que se respeten sus derechos naturales!. ¡Qué difícil lograr que los demás comprendan que se desea lo mismo que ellos ya poseen!. ¡Qué difícil convencerles de que eso no significa ir contra los derechos de los demás!.

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